¿Quiénes son los Cinco Héroes cubanos
encarcelados en Estados Unidos?
Cinco jóvenes profesionales que decidieron dedicar sus vidas, lejos de
su patria, a la lucha contra el terrorismo en la ciudad de Miami, centro principal de las agresiones contra
Cuba.
Antonio Guerrero (Miami, 1958) Ingeniero en Construcción de
Aeródromos, poeta, dos hijos. Fernando González (La Habana, 1963), casado, graduado del Instituto de
Relaciones Internacionales (ISRI), del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba. Gerardo Hernández (La Habana,
1965), casado, graduado del ISRI, caricaturista. Ramón Labañino (La Habana, 1963), casado, tres hijas,
graduado de Licenciatura en Economía en la Universidad de La Habana y René González (Chicago, 1956),
casado, dos hijas, piloto e instructor de vuelo.
¿Por qué estaban en Estados
Unidos?
Partieron hacia ese país para obtener información sobre los
planes de las organizaciones terroristas que tienen su base de operaciones, desde hace muchos años, en la ciudad
de Miami, entre ellas, la Fundación Nacional Cubano-Americana (FNCA), el Consejo para la Libertad de Cuba (CLC),
Hermanos al Rescate, Movimiento Democracia, Alpha-66 y otras muchas de conocida trayectoria delictiva.
Entre las actividades terroristas de esos grupos se cuentan numerosos
sabotajes y agresiones contra Cuba, con un saldo de miles de muertos, heridos y grandes pérdidas económicas,
contrabando de armas, drogas y personas e, incluso, han fraguado cientos de planes para tratar de asesinar al
presidente cubano Fidel Castro y realizado acciones terroristas en el propio territorio estadounidense y en terceros
países.
Violaciones del debido proceso
Los cinco fueron sometidos a un juicio manipulado en la propia ciudad de
Miami, completamente hostil y dominada por la mafia de origen cubano, donde era imposible realizar un proceso justo e
imparcial, a tenor con las propias leyes de los Estados Unidos y del Derecho Internacional. Los sectores anticubanos
desataron una falaz e intensa campaña propagandística para presionar a la opinión pública de Miami
y al jurado, lo que fue reiteradamente denunciado por los abogados de la Defensa, quienes presentaron varias mociones
de solicitud de un cambio de sede que fueron rechazadas.
Lo anterior viola la letra de la Quinta Enmienda de la Constitución de
los Estados Unidos que expresa: “…a nadie se le privará de la libertad sin el debido proceso
legal…” y también se viola la Sexta Enmienda que señala: “…en toda causa criminal, el
acusado gozará de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado
imparcial…”
Durante todo el proceso legal las autoridades obstaculizaron el trabajo de
la Defensa al demorar y limitar el acceso solo al 20% de la documentación sospechosamente clasificada como secreta
y aún, diez años después, se les impide acceder a esos miles de documentos para sustentar el proceso de
apelación.
¿Cuáles fueron los cargos
imputados?
CONSPIRACIÓN PARA COMETER ASESINATO EN PRIMER
GRADO
Gerardo Hernández fue el único acusado de este cargo por
propiciar supuestamente el derribo, el 24 de febrero de 1996, de dos avionetas de la organización terrorista
Hermanos al Rescate. Al final del proceso la Fiscalía comprendió que no podía probar este cargo
según las instrucciones dadas por la jueza por lo cual solicitó a la Corte de Apelaciones de Atlanta fuera
desestimado. La apelación no prosperó y contrario a toda lógica, el jurado lo declaró
culpable.
CONSPIRACIÓN PARA COMETER
ESPIONAJE
De este cargo fueron instruidos Gerardo Hernández, Ramón
Labañino y Antonio Guerrero. Ninguno de ellos realizó actividades de espionaje contra Estados Unidos pues,
según establece la ley norteamericana, un espía es aquella persona que roba u obtiene documentación
clasificada como secreta, debidamente resguardada con el propósito de entregarse a un gobierno extranjero. Durante
el juicio no hubo evidencias de que ellos hubieses obtenido información del gobierno de los Estados Unidos o
información peligrosa para la seguridad de este país.
Varios expertos y autoridades, como los generales Charles Whilhem y Edgard
Atkinson, el almirante Eugene Carol y el coronel George Buckner testificaron que los acusados no tenían acceso a
información clasificada e incluso James Clapper, ex director de la Agencia de Inteligencia del Pentágono,
testigo de la Fiscalía, reconoció que los acusados no habían realizado espionaje contra Estados Unidos,
sin embargo, sus testimonios no fueron tomados en cuenta, lo que ratifica la arbitrariedad del fraudulento proceso de
marcado signo político.
Los cinco cubanos tenían exclusivamente la misión de obtener
información sobre los planes de los grupos terroristas radicados en el sur de La Florida los que, más
allá de los desatinos del proceso judicial, no forman parte del gobierno de Estados Unidos.
CONSPIRACIÓN PARA COMETER DELITO CONTRA ESTADOS
UNIDOS
De este cargo fueron acusados los cinco cubanos cuando ellos exclusivamente
buscaban información sobre los planes que fraguaban las organizaciones terroristas radicadas en Miami y, bajo
ningún concepto, otras que pudieran afectar la seguridad nacional de los Estados Unidos, lo que fue probado por la
Defensa y ratificado por varios testigos durante el proceso.
IDENTIDAD Y DOCUMENTACIÓN FALSA
Para poder penetrar y enfrentar los planes de esas organizaciones, tres de
los cinco luchadores antiterroristas se vieron ante la necesidad de ocultar sus verdaderas identidades.
En Derecho existe la doctrina de Estado de Necesidad la cual sostiene que
para evitar la comisión de un delito mayor –en este caso asesinatos y actos de terrorismo- justifica se
pueda incurrir en delitos menores, como utilizar identidad y documentación falsas para proteger sus actividades y
sus vidas, tomando en cuenta que los cinco jóvenes actuarían en medio de grupos de asesinos y terroristas de
largo historial.
AGENTES NO REGISTRADOS DE UN GOBIERNO
EXTRANJERO
Tomando en consideración los objetivos de su trabajo, los peligros que
este entrañaba y la sistemática política de hostilidad del gobierno de los Estados Unidos contra Cuba no
era posible que los cinco se registrasen como agentes del gobierno cubano.
Es un hecho ampliamente conocido que esos grupos terroristas y sus
cabecillas actúan impunemente en Miami y gozan de la protección de sus autoridades. El propio jefe del
Buró del FBI en Miami, Héctor Pesquera, declaró que los dirigentes de la Fundación Nacional
Cubano-Americana y del Consejo por la Libertad de Cuba eran personas respetables y de absoluta confianza, reiterando
que jamás investigarían oficialmente las actividades de aquellos que auspician y financian las acciones
terroristas contra Cuba.
Si ambas organizaciones son las principales responsables de la mayoría
de los actos terroristas cometidos contra Cuba en los últimos 15 años, ¿Qué les hubiera pasado a
los Cincos si se hubieran registrado ante las autoridades de Miami como personas que trabajan para el gobierno de Cuba?
Por eso es que se vieron forzados a no registrarse como agentes de un gobierno extranjero.
Injustas y desmesuradas sentencias
Después de un proceso ilegítimo la jueza, que no aceptó
ninguna de las atenuantes de la Defensa y aplicó todas las agravantes de la Fiscalía, dictó sentencias
desmesuradas e injustas, aplicando las máximas condenas en cada caso, aun cuando los cargos principales no
pudieron ser probados, vulnerando, entre otros, el Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos de Naciones Unidas que refrenda “… toda persona tendrá derecho a ser oída
públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e
imparcial…”
Gerardo Hernández, sentenciado a dos cadenas perpetuas por conspiración para cometer asesinato en primer grado y
conspiración para cometer espionaje, respectivamente. Además, 15 años por los cargos de
conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa
declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Ramón Labañino,condenado a cadena perpetua por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más 18
años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y
agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Antonio Guerrero, sentenciado a cadena perpetua por conspiración para cometer espionaje, más 10 años por
los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa
declaración al Fiscal de estados Unidos.
Fernando González,19 años de prisión por conspiración por cometer delito contra Estados Unidos,
documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
René González, 15 años de privación de libertad por los cargos de conspiración para cometer delito
contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Otras violaciones de los Derechos
Humanos
El gobierno de Estados Unidos ha obstaculizado sistemáticamente las
visitas de las madres, esposas e hijos de los prisioneros, lo que constituye una sanción adicional para ellos y
sus seres queridos. Adriana Pérez y Olga Salanueva, esposas de Gerardo Hernández y de René
González, respectivamente, e Ivette González, la pequeña hija de René, no han podido visitarlos. De
igual manera, las autoridades norteamericanas han dificultado las visitas de los abogados de la Defensa y las de
funcionarios consulares cubanos radicados en Estados Unidos, lo que desconoce arbitrariamente el Artículo 37 de
las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos: “Los reclusos –expresa- estarán autorizados
para comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, con su familia y con amigos de buena reputación,
tanto por correspondencia como mediante visita.”
Separados entre sí en prisiones alejadas unas de otras, los cinco han
sido sometidos a duros castigos para tratar de quebrar su integridad psíquica y física, confinamientos en
solitario en celdas de castigo (huecos) por períodos de 17 meses y 48 días sin haber cometido falta alguna a
despecho del propio Reglamento del Buró de prisioneros de Estados Unidos que precisa: “… el tiempo
máximo de confinamiento en celdas de castigo no debe exceder 60 días…” y del Artículo 7 del
Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos que señala: “Nadie será sometido a
torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes…”
Los cinco luchadores contra el terrorismo han recibido tratamiento de
delincuentes comunes y con ellos conviven en las penitenciarías, lo que viola el Artículo 8 de las reglas
Mínimas para el Tratamiento de Reclusos: “Los reclusos pertenecientes a categorías diversas
deberán ser alojados en diferentes establecimientos o en diferentes secciones dentro de los establecimientos
según su sexo y edad, sus antecedentes y motivos de detención…”
¿Cuáles son los argumentos de la Defensa ante
la Corte de Apelaciones?
Teniendo como precedente la decisión de la Corte Suprema de Estados
Unidos en el caso Pamplin vs. Mason, en que esta falló que no se puede juzgar a nadie en un lugar donde existan
comprobados y masivos prejuicios sobre las personas a juzgar, solicitan se anule el juicio y se celebre otro en una
nueva sede, fuera de la ciudad de Miami, donde es conocido que existe una profunda hostilidad contra los
revolucionarios cubanos, que es el caso de los jóvenes encarcelados.
Si la Corte de Apelaciones de Atlanta anula el juicio anterior y se realiza
uno nuevo fuera de la ciudad de Miami, respetando las reglas del debido proceso, se podría contar con un jurado
imparcial, que no estuviera lastrado por prejuicios políticos y sometido a presiones de toda índole, lo que
permitiría comprobar la inocencia de los cinco cubanos de los graves cargos que se les imputan. Es la única
manera que prevalezca la verdad y la justicia.
Conclusión del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas
sobre Detenciones Arbitrarias 27/mayo/2005
El Grupo de Trabajo [después de evaluar los argumentos suministrados
por los familiares y el Gobierno de Estados Unidos] emitió la siguiente opinión: La privación de
libertad de los Cinco cubanos es arbitraria y está en contravención del artículo 14 de la
Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la cual estados Unidos es parte.
“… a partir de los hechos y circunstancias en que se
celebró el juicio y la naturaleza de los cargos y de las severas sentencias dadas a los acusados [el Grupo]
infiere que el juicio no tuvo lugar en el clima de objetividad e imparcialidad que se necesita para concluir que cumple
con las normas de un juicio justo” y “solicita al Gobierno de [EE.UU.] que adopte las medidas necesarias
para remediar esta situación.”
¿Cómo podemos ayudar?
- Difunda la información relacionada con este caso.
- Denuncie las violaciones de los derechos humanos y legales de los Cinco
Cubanos.
- Denuncie la negación de visas a las esposas de Gerardo
Hernández y René González. Este último no ve a su hija desde que era recién
nacida.
- Haga contacto con:
· Periódicos, estaciones de radio y TV, periodistas,
etc.
· El Departamento de Justicia de los Estados
Unidos.
· Congresistas de los Estados Unidos y convóquelos a
tomen partido en el caso.
· Amnistía Internacional.
· Parlamentarios de todo el mundo.
"Lo peor para este caso sería quedarse solo. Si la Corte se convence
que hay personas que siguen el caso, la ley será servida. El apoyo es esencial, el respaldo es esencial, informar
y conocer es esencial. Los Cinco necesitan mucho este tipo de apoyo porque hay un desinformación horrenda y el
gobierno ha tenido éxito tanto encerrando toda la verdad sobre el caso, como desinformando acerca de
él."
Leonard Weinglass
Abogado de Antonio Guerrero